[:es]Boletín número 166: Resolución de inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope originarias de la República Popular China.[:]

[:es]El día 17 de julio del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia., que ingresen por la fracción arancelaria 7307.93.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).

 

Sobre el particular es de comentar que se cuenta con un plazo de 28 días hábiles a partir de la publicación de la resolución, para efecto de participar en dicho procedimiento.

 

Es importante mencionar que en la mayoría de los procedimientos llevados a cabo por este despacho se ha logrado que sus clientes no paguen las cuotas compensatorias impuestas por la autoridad, por lo que MFB pone a sus órdenes los servicios del Área de Comercio Exterior para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.

 

 

Atentamente.

MFB.

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