[:es]Boletín número 95: Solicitud y renovación de certificación en materia de IVA e IESPS. [:]

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Desde el año de 2014 quienes realizan operaciones de comercio exterior, bajo el régimen de importación temporal, tienen que pagar el IVA y/o IESPS  que se genere por la introducción de mercancías al territorio nacional; sin embargo, se estableció un mecanismo para no tener que pagar dichas contribuciones al momento de la introducción de los bienes, el cual se conoce como la Certificación en Materia de  IVA e IEPS, la cual permite aplicar un crédito fiscal contra el monto de las contribuciones citadas.

Para obtener esta certificación se deberán cumplir requisitos que de manera enunciativa son:

  • Generales (16).
  • Rubro A, además de los anteriores, 04.
  • IMMEX  ( adicionalmente a los 20 anteriores);
  1. IMMEX sin bienes sensibles (05)
  2. IMMEX con bienes sensibles  – fracciones arancelarias listadas en el Anexo II del Decreto IMMEX y/o Anexo 28  de las Reglas Generales de Comercio Exterior- (03)
  3. Régimen de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal (02).
  4. Régimen de elaboración, transformación o reparación en Recinto Fiscalizado o con Régimen de Recinto fiscalizado Estratégico (02).
  • Rubro AA, además de los 20 primeros, 03.
  • Rubro AAA, además de los 20 primeros, 03.

Por otro lado es importante recordar a las empresas que ya cuentan con esta certificación, que su renovación deberá presentarse 30 días antes de su vencimiento a través del formato “Aviso único de Renovación del Esquema de Certificación de Empresa”.

Por lo anterior MFB pone a sus órdenes los servicios del área de Comercio Exterior y Aduanas para que los apoye en la revisión y orientación para el cumplimiento de los requisitos, así como en la presentación de la Solicitud correspondiente.

Atentamente.

MFB

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