Nuevas obligaciones para quienes presten servicios de Hospedaje en plataformas como AIRBNB en la CDMX.

12 de abril de 2024.

El 4 de abril de 2024 se publicó en la Gaceta de la Ciudad de México el Decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Turismo.

Con la reforma se establece la obligación de inscripción a un padrón de anfitriones, en el que deberán inscribirse todas aquellas personas que ofrezcan sus inmuebles para servicios turísticos de hospedaje de forma temporal, lo cual deberá de realizarse por cada inmueble que tengan en esa modalidad.

Al inscribirse se obtendrá una constancia de vigencia anual por cada inmueble registrado, la cual se deberá de deberá proporcionar a las plataformas tecnológicas donde ofrezcan sus alojamientos.

Además, se establecen obligaciones relacionadas con la implementación de medidas de seguridad para la protección de niñas, niños y adolescentes, previa prestación del servicio, indicando que al menos se deberá de:

  • Solicitar la exhibición de credencial de elector o de cualquier otro documento oficial que demuestre la mayoría de edad;
  • Autorizar el ingreso de niñas, niños y adolescentes a los inmuebles exclusivamente en compañía de quien acredite mediante documento idóneo tener parentesco, o ser quien ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia; y
  • Notificar a las autoridades correspondientes, en caso de advertir la posible comisión de un delito.

Asimismo, se establece que los anfitriones tendrán que proporcionar información detallada a los turistas, presentar reportes semestrales de ocupación y cumplir con normativas de protección civil, entre otras.

De igual forma se establece la obligación de las plataformas tecnológicas de registrarse, a un padrón de plataformas tecnológicas.

Es sw tener en cuenta que si bien la reforma entró en vigor al día siguiente de su publicación, pero las autoridades de la Ciudad tendrán un plazo de 180 días naturales para establecer los sistemas electrónicos correspondientes y partir de ese momento los anfitriones tendrán 90 días naturales para inscribirse y las plataformas 30 días para el mismo efecto.

Por lo anterior MFB pone a sus órdenes los servicios de las áreas de Derecho Fiscal y Administrativo para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.

Atentamente.

MFB.

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