Boletín número 258: Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.

9 de febrero de 2024.

El 26 de enero del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (Ley MASC) y se reforma y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación, aunque ciertos ajustes y actualizaciones tendrán un periodo de hasta 1 año.

La Ley MASC reconoce enunciativa como mecanismos alternativos de solución de controversias a la:

(i)            Negociación;

(ii)          negociación colaborativa;

(iii)         mediación;

(iv)         conciliación; y,

(v)           el arbitraje.

Además de contemplar los procesos de justicia restaurativa y terapéutica, además de los lineamientos para los mecanismos alternativos de solución de controversias en el ámbito administrativo como puede ser el relacionado con la aplicación de las cuotas compensatorias definitivas, o la modalidad, plazos o facilidades de pago y condonación de multas y accesorios.

La citada Ley no solo busca la prevención y solución de conflictos directamente por parte de los involucrados, sino que también se homologaron los procedimientos no jurisdiccionales del país, con el fin de conseguir resoluciones en plazos más reducidos.

Las personas facultadas para aplicar la ley serán llamados facilitadores, los cuales podrán ser públicos o privados y tendrán fe pública, por lo que deberán estar certificados por el Poder Judicial Federal o de cada entidad federativa, así como los Tribunales de Justicia Administrativa locales y federal en sus respectivos ámbitos de competencia.

Por lo que MFB pone a sus órdenes los servicios del Área de Litigio para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.

Atentamente.

MFB.

Add Comment

Translate »
Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?