El 30 de diciembre del 2021 se publicó en la Gaceta oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México por medio del cual se observan diversos temas que deben de tenerse en cuenta, como son:
Se incluye la figura del aviso de confirmación de datos, aclaración, rectificación o ajuste, que tendrá como objetivo que la autoridad fiscal pueda informar a los contribuyentes sobre inconsistencias, diferencias o errores, respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como realizar cualquier solicitud de información adicional que se estime oportuna a fin de aclarar las inconsistencias que pudiesen haber sido detectadas.
Se amplía el alcance de la responsabilidad solidaria de las personas que tengan conferida la dirección general, la gerencia general, o la administración única de personas morales, respecto de las contribuciones causadas o no retenidas durante su gestión, así como por las que debieron pagarse o enterarse durante la misma, en la parte del interés fiscal que no alcance a ser garantizada con los bienes de la persona moral que representan.
Se establece que los espectáculos públicos (representaciones, funciones, actos, eventos y/o exhibiciones artísticas, musicales, deportivas, taurinas, cinematográficas, teatrales o culturales) que sean transmitidos en vivo de manera digital y por los cuales se reciba una contraprestación, se encontraran sujetos al Impuesto sobre Espectáculos Públicos.
Por lo anterior MFB pone a sus órdenes los servicios del Área Fiscal para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.
Atentamente.
MFB