El 24 de mayo de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Resolución que modifica la diversa por la que se expiden los formatos oficiales de los avisos e informes que deben presentar quienes realicen actividades vulnerables”, mediante la cual se modificó el Anexo 11 relativo a los avisos que deben presentar quienes realicen actividades consideradas como vulnerables, la cual entrará en vigor el 1 de septiembre de 2021, en el entendido que con lo anterior se busca integrar información específica sobre los actos u operaciones realizados por los Outsourcing o servicios especializados que sean considerados como Actividad Vulnerable en términos de la fracción XI del artículo 17 de la Ley.
Con dicha modificación se busca obtener información específica sobre los actos y operaciones que lleven a cabo con quienes presten servicios de subcontratación de personal especializado previstos en la fracción XI del artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley de Lavado de Dinero)
Con el nuevo Anexo 11 se adicionan los siguientes campos:
· Información específica sobre los actos u operaciones que lleven a cabo los prestadores de servicios de personal especializado, número de empleados utilizados y área en la que prestan el servicio.
· Datos del apoderado legal, cuando este actúe en nombre de una persona física que sea el cliente o usuario que realiza la actividad vulnerable, tales como nombre completo, R.F.C., CURP o fecha de nacimiento.
· Tipo de actividad virtual y cantidad de activos virtuales utilizados, si fuera el caso.
Indicándose en dicha resolución que a partir del 14 de junio de 2021 la Unidad de Inteligencia Financiera, por conducto del Servicio de Administración Tributaria, dará a conocer el nuevo Instructivo junto con los catálogos correspondientes al nuevo Anexo 11 mediante publicación en el Portal en Internet de dicho órgano desconcentrado, para que quienes realicen Actividades Vulnerables capturen la información relativa a los Avisos que deban presentar en los términos establecidos por el artículo 17, fracción XI de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita a partir del 01 de septiembre de 2021.
Siendo importante reiterar que todas las empresas relacionadas con la subcontratación de personal deberán de cumplir con todas las obligaciones que emanan de la Ley de Lavado de Dinero, como fue determinado desde el 21 de octubre del 2016 por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Por lo anterior MFB pone a sus órdenes los servicios del Área de Derecho Fiscal y de Recursos de Procedencia ilícita para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.
Atentamente.
MFB