[:es]El 24 de junio del presente fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019, las cuales entraron en vigor al día siguiente de su publicación, con las siguientes excepciones en base a lo señalado por el Artículo Primero Transitorio:
Fracción |
Entrada en vigor. |
I. Regla 1.3.3.- Frac. XLIII Causales de suspensión de padrones. IMMEX con padrón sectorial (Anexo 10 Aptdo A: Calzado, Textil-Confección, Siderúrgico y Productos Siderúrgicos. Aptdo B: Minerales de Hierro y sus concentrados, Oro, plata y cobre, Hierro y Acero, Aluminio) realicen operaciones de comercio exterior mediante pedimentos consolidados, en contravención o sin cumplir con lo señalado en la regla 3.1.25 4to párrafo.
II. Regla 1.5.1 Manifestación de Valor a través de Ventanilla Digital y su conservación de manera digital;Regla 4.5.31 Fr. XVIII (industria automotriz) No estará obligada a transmitir o transmitir la Manifestación de Valor; regla 7.3.1 rubro “A” Fr. VI (IMMEX CERTIFICADA IVA & IEPS) No estará obligada a transmitir o proporcionar la Manifestación de Valor III. 4to. párrafo regla 3.1.25 (Anexo 10 Aptdo A: Calzado, Textil-Confección, Siderúrgico y Productos Siderúrgicos. Aptdo B: Minerales de Hierro y sus concentrados, Oro, plata y cobre, Hierro y Acero, Aluminio; empresas con programa IMMEX procedimiento para despacho aduanero con pedimento consolidado IV. Regla 3.7.2 4to párrafo (Despacho de Mercancías por vía postal) en relación a la transmisión de la información V. Regla 3.7.4 1ro y 2do párrafo obligación inscripción “Registro de empresas de mensajería y paquetería”. VI. Regla 3.7.5. (Despacho Simplificado de Mercancía por Empresas de Mensajería y Paquetería) VII. Clave “EN”, Apéndice 8 Anexo 22. |
1 julio 2019
1 diciembre 2019
1 julio de 2019 1 octubre de 2019 1 octubre 2019 1 junio 2019 3 junio 2019 |
MFB pone a sus órdenes los servicios del Área de comercio Exterior para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.
Atentamente.
MFB.
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