[:es]Desde del 9 de diciembre de 2013, es obligación del Agente Aduanal proporcionar el archivo electrónico -de la información proporcionada a la autoridad para realizar el despacho aduanero- por operación realizada y sin costo alguno a sus clientes.
Derivado de lo anterior el pasado 25 de junio de 2018, se publicaron diversas modificaciones a la Ley Aduanera, entre las cuales destaca la obligación de contar con este archivo por el importador / exportador (Artículo 59 fracción V), así como la infracción correspondiente en caso de no tenerlo (Artículo 184 fracción I), disposición que se encuentra vigente desde el 22 de diciembre de 2018
Por lo anterior recomendamos solicitar a sus Agentes Aduanales estos archivos, en caso de duda MFB pone a sus órdenes los servicios del Área de Comercio Exterior para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.
Atentamente
MFB
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