[:es]El Código Fiscal de la Ciudad de México contempla diversas reducciones de contribuciones que van desde un 20% hasta el 75% dependiendo del supuesto que se actualice, las cuales están condicionadas al cumplimiento de diversos requisitos, que en la mayoría de los casos es posible de cumplir sin ninguna complicación y en algunos otros se tienen que llevar alguna acciones adicionales para poder acceder a estos beneficios, dentro de los cuales podemos señalar los que se relacionan con:
· Personas físicas propietarias de inmuebles catalogadas como monumentos históricos.
· Personas físicas que formalicen en escritura pública los actos jurídicos de transmisión de bienes inmuebles por sucesión.
· Personas morales que acrediten un aumento en la planta de laboral de un 25% en su personal.
· Personas morales que acrediten haber contratado a personas con discapacidad.
· Adultos mayores sin ingresos fijos y de escasos recursos que sean propietarios de bienes inmuebles de uso habitacional.
· Inmuebles de uso habitacional que contengan áreas verdes y estas ocupen mínimo una tercera parte de este.
· Personas que lleven a cabo producciones cinematográficas mexicanas.
· Concesionarios y permisionarios del servicio público, mercantil, privado y particular de transporte de pasajeros y de carga, así como del servicio público de transporte individual de pasajeros.
Por lo anterior MFB pone a sus órdenes los servicios del Área de Derecho Fiscal para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.
Atentamente.
MFB.
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