[:es]Boletín número 97: Cobros de adeudos generados por créditos otorgados a clientes.[:]

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La mayoría de las empresas, una vez que se ha generado confianza con los clientes, y en algunas sin siquiera este elemento, ante el interés de vender, relajan sus controles y requisitos para otorgar créditos a los mismos, lo que provoca que en caso de que se tengan que iniciar acciones judiciales se cuenten con pocos elementos de defensa, que lamentablemente en algunos de los casos conlleva a una pérdida importante de recursos por razones como:

1.    Falta de demostración de la entrega de la mercancía o la prestación del servicio.

2.    Firma de documentos por quien no contaba con facultades.

3.    Ausencia de información legal y financiera del cliente.

4.    Carencia de documentos que acrediten la relación entre las empresas.

Por ello es que las empresas deben de llevar a cabo mínimo dos acciones:

1.-  Revisión de sus créditos actuales a efecto de que los mismos legalmente se encuentren debidamente soportados, para el caso que se tuvieran que iniciar acciones legales en contra de los deudores, para lo cual se recomienda una auditoria legal.

2.- Establecer mecanismos que eliminen la posibilidad de no poder cobrar los créditos que se lleguen a otorgar, lo cual se recomienda debe de ser implementado tomando en cuenta a las diversas áreas de la empresa con el apoyo legal en todo momento.

Por lo que MFB pone a sus órdenes los servicios del área de Derecho Mercantil para proporcionar asesoría sobre el tema.

Atentamente

MFB

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