Boletín número 213: Aviso de subcontratación en la Ciudad de México.

El día 21 de diciembre del 2021 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México, por medio de la cual se adiciona el artículo 156 Bis, el cual entró en vigor el 1 de enero del año en curso, estableciendo una nueva obligación para los contribuyentes que contraten o subcontraten personal, independientemente de la forma en que se denominen los servicios proporcionados por un contratista, aun cuando la erogación por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado se realice por conducto de otra persona, lo cual se deberá de realizar dentro de los 10 días siguientes a la firma del contrato o en su caso a partir de sus modificaciones.

Es importante tener en cuenta que la omisión o extemporaneidad en la presentación del aviso dentro del plazo señalado, conlleva la imposición de sanciones que van de los $ 3,713.00 (tres mil setecientos trece pesos 00/100 m.n.) a los $ 9,413.00 pesos (nueve mil cuatrocientos trece pesos 00/100 m.n.) por cada omisión.

Para una explicación más a detalle de los efectos para los contribuyentes que conlleva dicho aviso MFB pone a sus órdenes los servicios del Área de Derecho Fiscal para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.

Atentamente.

MFB

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