[:es]Boletín número 195: Se adiciona causal de suspensión a los padrones de importación y exportación en las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020.[:]

[:es]El 30 de junio del año en curso fueron publicadas las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, en las cuales se incluye un nuevo supuesto de suspensión del padrón de importadores contenidos en la regla 1.3.3. por lo que actualmente se contarán con 46 causales de suspensión.

 

El supuesto que se adiciona indica lo siguiente:

 

XLVI.    Se detecte que, al momento de solicitar algún trámite relacionado con el Padrón de Importadores, Padrón de Importadores de Sectores Específicos o Padrón de Exportadores Sectorial, presentó información falsa o datos inexactos de conformidad con la información registrada ante el SAT.

 

Es importante tener en cuenta la redacción de la nueva fracción, toda vez que por lo que hace a la presentación de información falsa tenemos que la misma ya formaba parte de las RGCE de 2019 en su fracción XI, misma que no sufrió ningún cambio en 2020, sin embargo, es de preocupar que se contemple como causal de suspensión el que se actualice tal supuesto si al realizar algún trámite relacionado con los padrones se proporcionan datos inexactos, el cual es un concepto muy amplio, que no necesariamente implica un dolo para obtener algún beneficio, por lo que se tendrá que tener mucho cuidado en los trámites que se realicen en el entendido de que no existe una proporción entre la existencia de algún posible dato inexacto y la suspensión, pero que al final la autoridad aplicando la norma de forma de forma estricta, no tendrá alguna opción para pasar por alto estas situaciones.

Ante tal adición el despacho MFB pone a su disposición el Área de Comercio Exterior para una adecuada asesoría al respecto.

Atentamente

MFB

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