[:es]Boletín número 116: MARCAS. Reforma aprobada por el Senado de la República.[:]

[:es]En los próximos días se publicarán las reformas a la Ley de la Propiedad Industrial en materia de Marcas.

 

Algunos de los aspectos más importantes de esta reforma son:

 

1.    Se incorporan las marcas sonoras (audio) y olfativas (aromas).

2.    Es posible registrar hologramas y trade dress (Apariencia comercial. Por ejemplo, la estructura y colores de las tiendas MacSotre)

3.    Permite el registro de la totalidad de las etiquetas en cuanto a tamaño, colores, diseño, etc.

4.    Se prohíbe el registro como marca de la imagen, voz o firma de personas sin su consentimiento.

5.    Fortalece la protección de las marcas “notorias” y “famosas”.

6.    Amplía la protección de las marcas Colectivas.

7.    Crea las marcas de Certificación.

8.    Se fortalece y aclara el sistema de oposición a solicitudes en trámite.

9.   Cumplido el tercer año de que se otorgó una marca, es necesario declarar ante el IMPI su uso real y efectivo. Omitir lo anterior, se sanciona con la caducidad automática.

10.  Idéntico requisito aplica para la renovación de una marca.

11. Se robustecen e implementan nuevas causales de nulidad.

 

Por lo anterior MFB pone a sus órdenes los servicios del Área de Propiedad Industrial para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.

 

 

Atentamente.

 

MFB.

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