Boletín número 203: Resoluciones por la que se declara el inicio del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de alambrón de hierro o acero sin alear originarias de Ucrania y a las importaciones de placa de acero en hoja originarias de Rumania, la Federación de Rusia y Ucrania.

El día 10 de septiembre del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de alambrón de hierro o acero sin alear originarias de Ucrania, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fracciones arancelarias 7213.91.01, 7213.91.02, 7213.99.01 y 7213.99.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).

De igual forma, en la misma fecha se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de placa de acero en hoja originarias de Rumania, la Federación de Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fracciones arancelarias 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03, 7208.52.01, 7225.40.01 y 7225.40.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).

Sobre el particular es de comentar que en los dos casos se cuenta con un plazo de 28 días hábiles a partir de la publicación de la resolución, para efecto de participar en dicho procedimiento.

Es de reiterar que en la mayoría de los procedimientos llevados a cabo por este despacho se ha logrado que sus clientes no paguen las cuotas compensatorias impuestas por la autoridad, por lo que MFB pone a sus órdenes los servicios del Área de Comercio Exterior para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.

Atentamente.

MFB

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