Boletín número 201: Marcas y/o avisos comerciales; su manifestación de uso real y efectivo ante el IMPI.

Derivado de la reforma del año 2018 a la Ley de la Propiedad Industrial, los titulares de los registros de marca o de aviso comercial, que hayan obtenido el registro posterior al 10 de agosto de 2018, conservarán su vigencia de 10 años, sin embargo, deberán presentar la declaración de uso real y efectivo cada tres años a partir de su registro en relación a las siguientes disposiciones:

Declaración de uso real y efectivo.

1.    El titular de una marca deberá declarar su uso real y efectivo, indicando los productos o servicios específicos a los que esta se aplica.

2.    La declaración se presentará ante el IMPI, en un plazo de tres meses, contados a partir de que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el registro.

3.    El alcance de la protección del registro continuará sólo en aquellos productos o servicios sobre los cuales se haya declarado el uso.

4.    Si el titular no declara el uso, el registro caducará de oficio, sin que se requiera de declaración por parte del Instituto.

Renovación.

Considerando lo anterior, a partir de agosto, segundo semestre de 2020 y primer trimestre de 2021, empiezan a configurarse las primeras caducidades de marcas y avisos comerciales, registrados a partir de agosto de 2010, siendo necesario renovar los títulos.

 

   Renovación de título Declaración de uso real y efectivo.
Antes de la reforma del 10 de agosto de 2018 Cada 10 años No aplica
Después de la reforma del 10 de agosto de 2018 Cada 10 años Cada 3 años

Por lo anterior MFB pone a sus órdenes los servicios del Área Derechos de Autor para proporcionar una adecuada asesoría sobre el tema de referencia.

ATENTAMENTE. 

MFB.

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